
Contraloría permite a los municipios entregar gas como ayuda social
Sin embargo, no sería legal que participen del mercado vendiendo o distribuyendo «Gas a Precio Justo», por cuanto por Ley no están autorizados a hacerlo.
Luego de que las Municipalidades de Calera de Tango, Paine, Buin e Isla de Maipo, se hayan dirigido a la Contraloría General de la República para solicitar un pronunciamiento respecto de la procedencia de que dichas entidades comunales, pudiesen expender gas licuado, como un modo de atender las necesidades de la comunidad, la entidad pública se pronunció al respecto.
Los municipios consultaron además, si en cumplimiento de su deber de asistencia social, es posible financiar a sus vecinos parte del valor del gas que estos adquieran a los distribuidores establecidos, con previa elaboración de un programa asistencial.
Respuesta de la Contraloría
Al respecto, la respuesta de la Contraloría fue que las entidades edilicias solo podrían vender y/o distribuir gas a sus vecinos en la medida que el legislador las autorice expresamente, lo que no acontece en la especie.
Asimismo, recordaron que los órganos comunales se encuentran habilitados para desarrollar funciones relacionadas con la asistencia social, en donde de acuerdo a lo manifestado en el dictamen N° 55.950, pueden, en lo que interesa, entregar ayuda a personas en estado de necesidad manifiesta.
Ahora bien, aclararon que el cumplimiento de esta función municipal de asistencia social debe considerarse referido a procurar los medios indispensables que permitan aliviar las dificultades de las personas que se encuentran en una situación de indigencia o de necesidad manifiesta.
Lo que se entiende por esta «situación» tiene relación con la carencia absoluta de medios de subsistencia, un estado permanente de escasez de recursos, un estado transitorio en que si bien el individuo dispone de los medios para subsistir, estos resultan escasos frente a un imprevisto.
Por esto, es que le correspondería a los municipios evaluar las condiciones en que se encuentran los solicitantes de la asistencia social, los que deben ser habitantes de la comuna de la que se trate, teniendo claro que las funciones municipales deben ejercerse dentro del respectivo territorio local, a través de los correspondientes informes sociales.
Pese a esto, no se advierte impedimento para que las municipalidades demandantes, en ejercicio de sus facultades relacionadas con la asistencia social y cumpliendo con las exigencias mencionadas, puedan prestar la ayuda por la que se consulta a sus vecinos.
Acuerdo
Cabe señalar que a principios del mes de mayo, se anunció un acuerdo entre la Empresa Nacional del Petróleo y los municipios por el “Gas a Precio Justo”, que permitiría distribuir gas y que se rompa el oligopolio de Gasco, Abastible y Lipigas.
Un acuerdo que incluso buscaba la distribución de seis mil cilindros y que se llevaría a cabo en tres fases. Y posterior a ello, se llegó a una solución en la cual Enap realizaría la compra de las bombonas para cargarlos, para luego ser entregados a los gobiernos locales para su distribución a un precio cercano a los $17 mil pesos para un cilindro de 15 kilos.
Fue por ello, que Nolberto Díaz, presidente de la Federación de Trabajadores de Enap, valoró la iniciativa y felicitó la perseverancia de los alcaldes porque dijo que se ha llegado a una buena noticia, ya que este es un gran paso para que “se le acabe la fiesta a Abastible, a Gasco y a Lipigas”.
Sin embargo, todo ello podría verse afectado con el dictamen de contraloría, emitido por Jorge Bermúdez, Contralor General de la República, en donde solo se podrá realizar esta acción si está relacionada con la asistencia social.