Top de Angol condena a presidio efectivo a autor de abuso sexual infantil reiterado y exhibición de material pornográfico
El Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Angol condenó a V.M.D.J. a la pena de 5 años y un día y 541 días de presidio efectivo, en calidad de autor de los delitos consumados de abuso sexual infantil reiterado y exhibición de material pornográfico. Ilícitos perpetrados entre 2008 y 2012, en la comuna.
En fallo unánime, el tribunal –integrado por los jueces Etienne Fellay Bertholet (presidente), Karina Rubio Solís y Solange Sufán Arias (redactora)– aplicó, además, a V.M.D.J. las accesorias legales de inhabilitación absoluta perpetua para cargos y oficios públicos y derechos políticos y la inhabilitación absoluta para profesiones titulares mientras dure la condena (abuso sexual): y la suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena por exhibición de material pornográfico.
Asimismo, el condenado quedará privado de la patria potestad si la tuviere o inhabilitado para obtenerla si no la tuviere, y de todos los derechos que por el ministerio de la ley se le confirieren respecto de la persona y bienes de la ofendida, de sus ascendientes y descendientes; a la interdicción del derecho de ejercer la guarda y ser oído como pariente en los casos que la ley designa y a la sujeción a la vigilancia de la autoridad, durante los 10 años siguientes al cumplimiento de las penas principales impuestas.
También, el tribunal impuso a V.M.D.J. la pena de inhabilitación absoluta perpetua para cargos, empleos, oficios o profesiones ejercidos en ámbitos educacionales o que involucren una relación directa y habitual con personas menores de edad y la prohibición de aproximarse a la víctima, visitar su domicilio, establecimiento educacional o lugar de trabajo por el tiempo que dure la condena.
Una vez que el fallo quede ejecutoriado, el tribunal dispuso que se proceda a la toma de muestras biológicas del sentenciado para determinar su huella genética e inclusión en el registro nacional de ADN de condenados.
El tribunal dio por acreditado, más allá de toda duda razonable, que a partir de marzo de 2008, el acusado, padre biológico de la víctima nacida el 21 de febrero de 2001, ejecutó actos de significación sexual y de relevancia, consistentes en tocamientos en perjuicio de la menor. Además, el acusado, desde su celular, le exhibía a su hija material pornográfico explícito. Las agresiones sexuales antes descritas se ejecutaron en el domicilio común del sector Huequén de la comuna de Angol, y a continuación en el siguiente inmueble en el que vivió el grupo familiar, ubicado en el mismo sector y se extendieron hasta fines del año 2012. Todas las agresiones sexuales referidas fueron ejecutadas por el acusado mientras se encontraba al cuidado de la víctima y en momentos en que la madre de la niña salía de los domicilios.