Nueva ley obligará a padres morosos a pagar pensiones de alimentos

 Nueva ley obligará a padres morosos a pagar pensiones de alimentos

La ley de Responsabilidad Parental y Pago Efectivo de Deudas de Pensiones de Alimentos entrará en vigencia el próximo 20 de mayo. 

La norma faculta a los Juzgados de Familia a pagar las pensiones con el dinero que el padre deudor tenga en el sistema financiero y en la AFP.

Se acabaron las excusas y la pesadilla de cientos de miles de jefas de hogar que deben perseguir a los padres para que cumplan con el deber de pagar las pensiones de alimentos de los hijos en común. En Chile, 9 de cada 10 demandas por alimentos las presentan mujeres y en el Registro Nacional de Deudores de Pensiones de Alimentos en marzo había más de 55 mil inscritos que deben en conjunto, más de 65 mil millones de pesos.

La nueva ley que entra en vigencia el 18 de mayo permite a los jueces de familia que investiguen en el sistema financiero el patrimonio del padre moroso. Tendrán acceso a un sistema interconectado con la Comisión de Mercado Financiero para acceder a cuentas bancarias, fondos mutuos, depósitos a plazo, propiedades y ordenar la retención de esos dineros para pagar las pensiones adeudadas. Si no hay fondos o son insuficientes, el Juzgado de Familia ordenará el pago con los fondos previsionales. La norma además fija plazos acotados en cada una de las etapas del proceso, con lo que los pagos se resolverán con rapidez.

Para la abogada de la plataforma www.pensionaldia.cl Claudia Melo, las nuevas herramientas legales son un avance significativo. “Son mucho más eficientes que los apremios contenidos en la antigua ley de alimentos, porque un padre con reclusión nocturna que está habituado a ir a dormir a la cárcel, no paga la pensión. Un alimentante al que se le retiene la licencia de conducir y que conduce de igual manera, porque nunca la entregó al tribunal o viola la ley del tránsito y conduce sin licencia, no paga la pensión de alimentos. Es decir, estos nuevos mecanismos de pago efectivo y cobro de las deudas de pensiones que acumulan pozos millonarios son muchísimo más eficientes”.

La profesional destaca que la gran mayoría de las madres que crían solas a sus hijos, mantienen sus hogares sin apoyo y además deben estar pendientes de exigir cada mes el pago de la pensión, encontrarán alivio en esta nueva ley. “Hay que considerar que siempre existen excepciones y obstáculos que sortear. Ahí debemos mencionar, por ejemplo, que los alimentantes no tengan fondos porque ya los retiraron por el beneficio de la pandemia o no tienen impuestos, o empleos formales donde se pueda retener la remuneración. Son situaciones frecuentes y parte de una realidad nacional también”, precisa Claudia Melo.

Los padres inscritos en el Registro Nacional de Deudores de Pensiones de Alimentos ya enfrentan una serie de castigos por incumplir con el deber que tienen con sus hijos:

  • la prohibición de vender bienes muebles o inmuebles;
  • la retención del dinero de créditos hipotecarios para pagar la deuda;
  • prohibir la entrega de pasaporte o licencia de conducir y
  • además se autoriza a retener las remuneraciones, incluso si son empleados a honorarios.

Respecto a si la nueva legislación solucionará el problema de miles de familias que deben subsistir sin el apoyo económico de uno de sus progenitores, la abogada de www.pensionaldia.cl  afirma que “siempre hay que ser realista y práctico en los procesos judiciales y tener precaución en crear falsas expectativas. A mí en lo particular, me parece que solucionará la mayoría de las situaciones que hoy viven las familias a quienes no se les paga la pensión de alimentos y han acumulado deudas millonarias a través de los años. Debemos considerar que una cosa es el pago de la deuda y la otra es el mal comportamiento de pago. Si el alimentante ya se desentendió por completo de su obligación no solo legal, sino que moral, esa persona vivirá en un eterno proceso de cobranza”, concluye Claudia Melo.

Equipo De Prensa EldiariodelaCosta

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